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Enero 06, 2025

Columna | Funcionarios a contrata: de la necesaria reforma a la carrera funcionaria

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Por María José Jordán Palet, asociada Barros Silva Varela & Vigil

La coyuntura que existe entre la Contraloría General de la República y los funcionarios a contrata de la Administración del Estado sufrió un nuevo giro. El día 4 de diciembre de 2024, la Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo del recurso de protección interpuesto en contra del Dictamen E561358, dictado el 6 de noviembre de 2024 por la Contraloría General de la República, concedió una Orden de No Innovar solicitada por Fundación Paz Ciudadana, ordenando al ente contralor a: “seguir resolviendo, como en derecho corresponda, los reclamos y solicitudes de pronunciamiento que se le presenten relativos a la materia a que se refiere el señalado dictamen”.

La resolución de la novena sala de la Iltma. Corte de Apelaciones vuelve a poner en el debate público el comentado dictamen emitido recientemente por la Contraloría que cambia de criterio y consagra que la aplicación de la confianza legítima para los funcionarios públicos a contrata constituye un asunto litigioso.

La aplicación de la confianza legítima a las contratas es un criterio que se adoptó desde el año 2016 por la Contraloría General de la República. Este criterio implica que, desde la segunda renovación de la contrata de funcionarios públicos, se entiende que estos tienen una legítima confianza a que van a ser nuevamente renovados, por lo que, para poder ser desvinculados, se requiere de un acto administrativo fundado para ser desvinculados. Mediante la aplicación de dicho criterio, la Contraloría General de la República en múltiples ocasiones ordenó a los servicios públicos a renovar las contratas a funcionarios públicos que habían sido desvinculados.

Cabe recordar que este criterio fue adoptado bajo el mandato del ex Contralor Jorge Bermúdez, y que su implementación aconteció a pocos meses de asumir su cargo, dejando sin efecto la postura que había regido a la Contraloría desde el año 2001 (esto es, la cesación inmediata de los funcionarios al 31 de diciembre en caso de no haber sido renovados). Pues bien, dicho criterio interpretativo nuevamente cambió con la recientemente nombrada Contralora Dorothy Pérez, mediante el dictamen que está siendo hoy objeto de un recurso de protección y cuyos efectos fueron recientemente suspendidos por el órgano jurisdiccional.

Esta disputa de competencias probablemente terminará siendo resuelta por la Excma. Corte Suprema. El tema de la renovación de las contratas, lejos de ser un asunto jurídicamente pacífico, es un asunto que ha causado cierta “litigiosidad” desde su implementación, por lo que el nuevo criterio del ente contralor no parece tan desacertado. En efecto, el origen de esta disputa de criterios sobre la renovación de las contratas de funcionarios públicos ha estado presente en el mandato de los últimos 3 contralores y ha sido llevado en diversas ocasiones para que sea resuelto por los tribunales de justicia. Su causa: la necesaria y postergada reforma a la carrera funcionaria.

Este tema es de suma importancia por cuanto, por un lado, actualmente existe una precariedad laboral para los funcionarios públicos contratados bajo la modalidad a contrata y a honorarios, versus la rigidez y poca flexibilidad de renovación y desvinculación que existe para quienes forman parte de la planta. Traigo a la vista solo un dato: en el sector público, a marzo del presente año, el personal a contrata representaba más de la mitad de los funcionarios públicos de la Administración del Estado.

Si a eso le sumamos que los funcionarios públicos a contrata han aumentado en un 90% en la última década y que, actualmente superan el límite legal establecido en el Estatuto Administrativo, es evidente que existe un problema no resuelto al respecto.

Si bien este vacío legal se ha intentado resolver recurriendo a la Contraloría General de la República o en sede judicial, esto ha traído serios perjuicios, por un lado, para el cumplimiento del principio de eficiencia y eficacia por parte de la Administración del Estado y, por otro lado, por la situación de precariedad en la que se encuentran miles de funcionarios públicos actualmente, por lo que urge avanzar en un acuerdo político transversal al respecto.

*Esta columna fue publicada por El Mercurio Legal el 6 de enero de 2025.

“… La resolución de la Novena Sala del tribunal de alzada capitalino vuelve a poner en el debate público el comentado dictamen emitido recientemente por la Contraloría, que cambia de criterio y consagra…

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María José Jordán Palet

María José Jordán Palet

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